CONSEJO DE EDUCACIÓN ESPECIAL DE LA CIUDAD (CCSE)

¿Qué hace el CCSE?

  • Asesora y comenta sobre las políticas de educación o enseñanza las cuales hacen referencia a los alumnos con discapacidades.
  • Emite un informe anual acerca de la eficiencia del distrito de la ciudad para proveer servicios a los estudiantes con discapacidades.
  • Celebra al menos una asamblea abierta al público al mes durante la cual el público podrá abordar asuntos que los estudiantes con discapacidades.

¿Cuántos miembros prestan servicios en un CCSE?

  • Nueve (9) padres de alumnos con un IEP quienes reciben actualmente servicios de educación especial los cuales son proporcionados y/o patrocinados por el Departamento de Educación (DOE);
  • Dos (2) individuos nombrados por el Defensor público con experiencia y conocimiento acerca de educación, capacitación o contratación de individuos con discapacidades; y
  • Un (1) estudiante de último año de secundaria que no tiene derecho a voto y recibe servicios de educación especial.

 

¿Puede el padre de familia de un alumno del Distrito 75 ser miembro del CCSE?

Sí. De hecho, dos (2) de los nueve (9) padres miembros deben ser padres que reciben actualmente servicios municipales de educación especial en una escuela del Distrito 75.

¿Cuándo se determina si reúne los requisitos?

La elegibilidad se determina a partir de la fecha en la que el padre presenta la solicitud para postularse a un cargo dentro del CCSE.

¿Cómo y cuándo me puedo postular para ser miembro del CCSE?


Durante el proceso de selección del 2013, usted se puede postular para ser miembro de un CCSE AQUÍ (a partir del 13 de febrero de 2013). El proceso de solicitud de ingreso termina el 13 de marzo a las 11:59 pm. Para aquellos que no tengan acceso a una computadora personal, la División de Participación Familiar y Comunitaria (FACE) proporcionará información acerca de cómo las personas pueden acceder a una computadora en la oficina de FACE, en oficinas y escuelas locales del distrito, además de bibliotecas públicas.